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Se encuentra en: Servicio de Personal Docente e Investigador » Información relativa al Profesorado contratado » Concursos públicos » Correcciones » Resolución que anula convocatoria de Profesor Sustituto Interino.

Resolución de 04 de octubre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se anula la convocatoria de la plaza 7/PSIS/2223 de Profesor Sustituto Interino.

Resolución publicada el 04-10-2022.

Con fecha 3 de octubre de 2022, se publicó la convocatoria de concurso público extraordinario para la contratación temporal, por sustitución, de Profesor Sustituto Interino, con dedicación a Tiempo Completo, en el Área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, adscrita al Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (Plaza 7/PSIS/2223).

Con posterioridad a la publicación de esta convocatoria, se ha detectado un error de hecho, en el sentido de que no son correctos el Área de Conocimiento y Departamento especificados.

Por lo tanto, ESTE RECTORADO, ha resuelto lo siguiente:

Primero: ANULAR la convocatoria de concurso público de la citada plaza 7/PSIS/2223, del Área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

Segundo: Dar traslado para conocimiento, publicando la presente Resolución en la web del Servicio de PDI, a todos los participantes en dicha convocatoria.

Tercero: Comunicar a los interesados/as que solicitaron su participación en el concurso, que pueden solicitar la devolución de las tasas abonadas por derecho de participación en el citado concurso, y la documentación presentada.

Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante dicho Rectorado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la presente comunicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2-10-15), o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, según disponen los artículos 8.3, 13 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. núm. 167, de 14-7-98).

EL VICERRECTOR DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

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