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Se encuentra en: Servicio de Personal Docente e Investigador » Información relativa al Profesorado funcionario » Solicitud de jubilación voluntaria para el Profesorado de los cuerpos docentes

Solicitud de jubilación voluntaria para el Profesorado de los cuerpos docentes de clases pasivas

IMPORTANTE: Están incluidos en el régimen de clases pasivas aquellas personas cuyo ingreso en los cuerpos docentes universitarios haya sido anterior a 01 de enero de 2011, según lo dispuesto en la
disposición adicional tercera del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Tipos de jubilación

En el siguiente enlace se encuentra disponible la información recogida en el portal de clases pasivas: PORTAL DE CLASES PASIVAS (Tipos de jubilación)

Requisitos para la jubilación voluntaria

Podrán solicitar la jubilación voluntaria, los profesores y profesoras de la UGR que:

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Efectos

Las jubilaciones voluntarias incluidas en el apartado a) producirán efectos desde la fecha indicada por el interesado/a en su solicitud.

Las jubilaciones voluntarias incluidas en el apartado b) producirán efectos a la finalización del curso correspondiente, con fecha 30 de septiembre.

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Plazo de solicitud y presentación de solicitudes

Se recomienda que la solicitud de jubilación sea presentada con una antelación mínima de 4 meses a la fecha de jubilación.

El modelo de solicitud se encuentra disponible en el Servicio de PDI de esta Universidad. También se puede descargar en formato de documento formulario Word desde el siguiente enlace:
Solicitud de jubilacion voluntaria

La solicitud debe ser presentada a través de la SEDE ELECTRÓNICA de la Universidad de Granada, https://sede.ugr.es, utilizando el procedimiento electrónico "Solicitud genérica", disponible en dicha sede, indicando "DESTINO DE LA UNIDAD: SERVICIO DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR", dentro del plazo recomendado y no es necesario que vaya acompañada de ninguna documentación.

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Consulta de la cuantía de la pensión

Los interesados que lo deseen podrán solicitar información al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre el importe aproximado que alcanzaría su pensión. Para ello deben dirigirse al Servicio de PDI que les facilitará el informe específico de servicios.

Esta solicitud al Ministerio se realiza por cada interesado/a de forma particular y no es necesaria para poder solicitar la jubilación voluntaria. La respuesta que se obtenga sólo tendrá carácter meramente informativo.

En el siguiente enlace se encuentra disponible más información con respecto al cálculo de la pensión así como el acceso al simulador "Simul@" del portal de clases pasivas: PORTAL DE CLASES PASIVAS (Normas generales de pensión)

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