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Sólo deberán adjuntar documentación quienes tengan que justificar servicios prestados en administraciones distintas a la UGR que no consten en su expediente administrativo.
El profesorado funcionario de la UGR podrá someter a evaluación la actividad docente realizada durante cinco años.
La evaluación solo podrá ser objeto de dos calificaciones, favorable o no favorable.
Por cada tramo docente evaluado favorablemente se adquirirá y consolidará un componente por méritos docentes del complemento específico con una cuantía anual que dependerá del cuerpo docente al que pertenezca.
Una vez finalizado el procedimiento administrativo conforme a esta convocatoria y para sucesivas evaluaciones, no se podrá incluir, con carácter retroactivo, ninguna documentación que no haya sido aportada en la primera evaluación.
La valoración de las solicitudes se hará conforme a los criterios establecidos por la Comisión de Evaluación de Méritos Docentes que se pueden consultar en el siguiente enlace:
Acta de la comisión de valoración
Ser funcionario o funcionaria de carrera de cuerpos docentes universitarios en la UGR y que cuente con un período mínimo de 5 años de actividad docente susceptible de ser evaluado a 31 de diciembre de 2025.
El plazo improrrogable de presentación de solicitudes se iniciará el día 01 de diciembre de 2025 y finalizará el 31 de enero de 2026, salvo causa debidamente justificada y acreditada ante este Rector.
La solicitud se presentará a través de la SEDE ELECTRÓNICA de la Universidad de Granada, siguiendo las instrucciones que se indican a continuación.
Al realizarse la solicitud por Sede Electrónica los informes del departamento y del centro se obtienen telemáticamente, NO hay que adjuntarlos.
Para consultar el número de tramos y los periodos que tienen reconocidos pueden decargar el CERTIFICADO DE TRAMOS.
Según sea el caso, el proceso de solicitud y presentación de solicitudes será uno de los siguientes.
Sólo deberán adjuntar documentación quienes tengan que justificar servicios prestados en administraciones distintas a la UGR que no consten en su expediente administrativo.
Al profesorado que tome posesión de una plaza de los cuerpos docentes universitarios en esta Universidad antes del 31 de diciembre del año en curso, que tuviera reconocidos complementos de méritos docentes como profesorado contratado en régimen laboral se le convalidarán de oficio o a instancia del interesado los tramos ya reconocidos, con los efectos que procedan a 1 de enero del año siguiente.
Si desean solicitarlo deben hacerlo por el siguiente procedimiento:
Sólo deberán adjuntar documentación quienes tengan que justificar servicios prestados en administraciones distintas a la UGR que no consten en su expediente administrativo.
El profesorado funcionario de nueva incorporación que efectúen por primera vez la solicitud, deberá realizarla siguiendo las siguientes instrucciones:(Al realizar la solicitud se realiza por Sede Electrónica los informes del departamento y del centro se obtienen telemáticamente, NO hay que adjuntarlos)
Sólo deberán adjuntar documentación quienes tengan que justificar servicios prestados en administraciones distintas a la UGR que no consten en su expediente administrativo.
El profesorado funcionario que ya tenga reconocido algún tramo docente, sin haber alcanzado el máximo de 6 establecido y que le corresponda solicitar una nueva evaluación, debe presentar su solicitud de evaluación, siguiendo las siguientes instrucciones: (Al realizar la solicitud por Sede Electrónica los informes del departamento y del centro se obtienen telemáticamente, NO hay que adjuntarlos)
Sólo deberán adjuntar documentación quienes tengan que justificar servicios prestados en administraciones distintas a la UGR que no consten en su expediente administrativo.
El profesorado funcionario que ya tengan evaluados y reconocidos los 6 componentes de méritos docentes (máximo que establece el Real Decreto 74/2000, de 21 de enero), y que tengan componentes reconocidos en distintos Cuerpos, podrán solicitar nuevas evaluaciones de la actividad docente de periodos posteriores a la sexta evaluación, siempre que se efectúe renuncia expresa a períodos reconocidos en el Cuerpo Docente anterior. El profesorado que desee solicitar esta evaluación podrá hacerlo siguiendo las siguientes instrucciones: (Al realizar la solicitud por Sede Electrónica los informes del departamento y del centro se obtienen telemáticamente, NO hay que adjuntarlos)
Los efectos económicos y administrativos que se deriven de las resoluciones favorables de la evaluación o convalidación, se iniciarán el 1 de enero del año siguiente al de la convocatoria.
En ningún caso, la cuantía anual del componente específico por méritos docentes, podrá exceder del resultado de superar favorablemente seis evaluaciones.
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