Se encuentra en: Servicio de Personal Docente e Investigador » Información relativa al Profesorado contratado » Convocatoria anual de solicitud de evaluación de la actividad investigadora 2025
Contenido de esta página:
Establecida por Resolución del Rector de la Universidad de Granada de 12 de enero de 2026
El Profesorado Contratado Doctor Interino, Profesorado Permanente Laboral Interino y el Profesorado Colaborador Interino de la Universidad de Granada, con dedicación a tiempo completo, que se encuentre en servicio activo a fecha 31 de diciembre de 2025 podrá someter la actividad investigadora realizada durante seis años a evaluación ante la CNEAI.
La evaluación solo podrá ser objeto de dos calificaciones, favorable o no favorable.
Por cada período investigador de seis años evaluado favorablemente se adquirirá y consolidará un complemento de productividad, conocido como tramo de investigación
o sexenio
.
La CNEAI dispondrá de una página de información en internet referente a esta convocatoria.
De acuerdo con la encomienda de gestión formalizada por convenio entre la Universidad de Granada y el organismo autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, para la evaluación de la actividad investigadora de personal docente e investigador contratado para el procedimiento de solicitud de evaluación de la actividad investigadora hay que:
Tendrán derecho a solicitar la evaluación de su actividad investigadora el Profesorado Contratado Doctor Interino, Profesorado Permanente Laboral Interino y el Profesorado Colaborador Interino que se encuentre en servicio activo con dedicación a tiempo completo a 31 de diciembre de 2025 y que cuente con un período de seis años de actividad investigadora susceptible de ser evaluado, es decir:
El NUEVO plazo improrrogable de solicitud de AUTORIZACIÓN de evaluación de la actual convocatoria comprende desde el día 16 hasta el 25 de febrero de 2026.
Con anterioridad a la solicitud de la evaluación de la actividad investigadora (sexenios) del personal docente e investigador contratado, la persona interesada deberá solicitar autorización a la Universidad de Granada
Los interesados deberán presentar su solicitud exclusivamente a través del procedimiento establecido para ello, para lo que podrán identificarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede acceder a dicho procedimiento en el siguiente enlace: Gestión de PDI: Sexenios de investigación del PDI laboral
La solicitud será revisada, notificándose la autorización o resolución denegatoria, según corresponda, a la persona solicitante por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la UGR (Hermes).
Este documento de autorización será requisito indispensable y deberá formar parte de la documentación a remitir a ANECA por la persona interesada en el plazo de solicitud de evaluación.
El plazo improrrogable de presentación de solicitud de EVALUACIÓN se iniciará el día 09 de febrero de 2026 y finalizará el 02 de marzo de 2026.
Los formularios y anexos serán cumplimentados y enviados por vía telemática, usando los medios disponibles en la sede electrónica de ANECA.
Las consultas relacionadas con esta convocatoria y con la aplicación informática de la misma, lo harán a través de «ANECA Responde», accesible desde la página web a través de este enlace: https://ayuda.aneca.es
Aviso: La expedición de la hoja de servicios NO se realizará por el Servicio de PDI porque se ha creado el procedimiento de certificación automatizada para que se la descarguen siguiendo las instrucciones que se indican a continuación. La fecha de expedición de esta hoja de servicios debe estar incluida dentro del plazo de presentación de solicitudes.
La Hoja de Servicios en papel que debe acompañar a la solicitud (véase el artículo 3.1.d. de las bases de la convocatoria), estará directamente disponible para ser DESCARGADA por las personas interesadas en la Sede electrónica de la UGR siguiendo las instrucciones que se indican:
Esta hoja de servicios contemplará todos los servicios prestados como docente e/o investigador en la Universidad. Los periodos de beca para los que se vaya a solicitar la evaluación de la investigación no figurarán en la hoja de servicios, por lo que deben justificarse con la documentación adecuada (véase el artículo 3.1.e. de las bases de la convocatoria)
Los efectos económicos y administrativos que se deriven de las solicitudes evaluadas favorablemente por la CNEAI, se iniciarán el 1 de enero del año siguiente al de la convocatoria.
En ningún caso, el número de tramos de investigación, podrá exceder del resultado de superar favorablemente seis evaluaciones.
Enlace textual de copyright apuntando a la web principal de la Universidad de Granada: © 2023 Universidad de Granada . Correo electrónico para contactar con los responsables del contenido de este sitio web: Contacto . Enlace a la información sobre accesibilidad de este sitio: Accesibilidad . Enlace a la página sobre políticas de privacidad: Políticas de privacidad
En esta página se usan las especificaciones XHTML 1.0 y CSS 2 y se intenta que sea sintáctica y semánticamente válida para poder dar el correcto primer paso hacia las WCAG del W3C