Ir al contenido

Mapa Web

Universidad de Granada

Servicio de PDI

Universidad de Granada

Se encuentra en: Servicio de PDI » Profesorado contratado » Concursos públicos » Profesores Contratados Doctores » Convocatoria (Resolución 11-09-2017) » Resolución de 11-09-2017

Resolución de 11-09-2017, por la que se convoca Concurso Público para la adjudicación de contratos de Profesores Contratados Doctores destinados al Personal Investigador Doctor que haya finalizado el programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.

Conforme a las normas contenidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y Real Decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores modificaciones del mismo, el Primer Convenio Colectivo del personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA de 9 de mayo de 2008, atendiendo a la tasa de reposición de efectivos fijada en un máximo del 100% por el artículo 20 Uno.2 J) de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (BOE de 30 de octubre), a lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016 (BOE del 15 de enero de 2016), y una vez obtenida la Orden de autorización de la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía, de fecha 28 de junio de 2016, para la contratación de personal laboral fijo, en los términos establecidos por la legislación vigente, según lo dispuesto en el Decreto 54/2013, y la Resolución de 15 de abril de 2016, de la Universidad de Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público (OEP) del personal docente e investigador para el año 2016 (BOJA de 21 de abril) se convoca CONCURSO PÚBLICO, de acuerdo con el artículo 20.uno.2 apartado J) de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, para la adjudicación de contratos de Profesores Contratados Doctores destinados al personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.

1. Plazas

Código Dedicación Departamento Ámbito de
Conocimiento
Perfil N.º de
plazas
Campus
1/7/PCD/1718 TIEMPO COMPLETO FILOSOFÍA I FILOSOFÍA MORAL DOCENCIA: FILOSOFÍA MORAL Y POLÍTICA EN UN MUNDO GLOBAL. INVESTIGACIÓN: ARGUMENTACIÓN Y RAZONAMIENTO PRÁCTICO 1 GRANADA
2/7/PCD/1718 TIEMPO COMPLETO PINTURA PINTURA DOC.: TÉC. ARTÍSTICAS Y SU CONSERVACIÓN III: DOC. GRÁFICO. Hª DEL LIBRO Y LA ENCUADERNACIÓN. CONOCIMIENTOS EN TÉC. Y MAT. ART. PARA LA ELABORACIÓN DE DOC. G: PROCESOS DE EJECUCIÓN EN SOPORTES PROTEÍNICOS Y CELULÓSICOS, ELABORACIÓN DE ENC. HCAS Y CUBIERTAS DE CONSERVACIÓN. TTOS DE CONS. Y REST. EN EL ÁREA DE DOC. G. INVEST. : PROC. DE EJECUCIÓN Y ESTUDIO DE MAT. DE DOC. G. PARA SU CONS.Y REST. 1 GRANADA
3/7/PCD/1718 TIEMPO COMPLETO PSICOLOGÍA EXPERIMENTAL PSICOLOGÍA BÁSICA DOCENCIA: PERCEPCIÓN Y ATENCIÓN. INVESTIGACIÓN: NEUROCIENCIA COGNITIVA DE LA ATENCIÓN Y LA CONSCIENCIA 1 GRANADA

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

2. Características y requisitos

2.1. Tipo de contrato: Laboral.

2.2. Edad: Haber cumplido 16 años y no superar la edad reglamentaria de jubilación.

2.3. Régimen de dedicación: Tiempo completo.

2.4. Horario: En jornada de mañana y/o tarde (a determinar por el Departamento).

2.5. Titulación: Estar en posesión del título de Doctor.

2.6. Funciones: Las funciones serán tanto las docentes y de tutorías propias del ámbito del conocimiento al que pertenece la plaza convocada, siendo concretadas por el Departamento correspondiente, como la investigación.

2.7. Acreditación: Poseer informe favorable de su actividad docente e investigadora para Profesor Contratado Doctor, emitido por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o la Agencia Andaluza del Conocimiento.

2.8. Requisito específico: Haber finalizado el Programa Ramón y Cajal y haber obtenido el Certificado I3.

2.9. Retribuciones: Serán las establecidas para esta figura contractual en el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA número 92 de 9 de mayo de 2008.

No podrán concurrir al presente concurso quienes hayan sido separados/as, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o se encuentren inhabilitados/as para el ejercicio de las funciones públicas o padezcan enfermedad física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Los/as aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada en cada caso.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

3. Solicitudes y documentación

3.1. Los/as interesados/as en tomar parte en el concurso formalizarán su solicitud a través del modelo que será facilitado gratuitamente en el Servicio de Personal Docente e Investigador de esta Universidad (Calle Santa Lucía, nº 8) y en la página web de la Universidad de Granada (serviciopdi.ugr.es).

3.2. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de esta Universidad (Edificio Hospital Real, C/ Cuesta del Hospicio, s/n.º), en los registros auxiliares del mismo, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el Servicio de Correos antes de ser certificadas.

3.3. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOJA.

3.4. A la solicitud se deberá acompañar, para cada una de las plazas a las que se aspire, los siguientes documentos:

  1. Fotocopia de la titulación principal requerida o, en su defecto, fotocopia del justificante de haber abonado los derechos para la expedición de la misma. En el caso de titulaciones extranjeras deberá acreditarse la correspondiente homologación o reconocimiento por el órgano competente.
  2. Fotocopia del DNI o pasaporte.
  3. Justificante de haber abonado en Caja Granada (Banco Mare Nostrum) en la cuenta abierta a nombre de Universidad de Granada. Pruebas selectivas c.c.c.ES46 0487 3000 77 2000016918 la cantidad de 30 euros en concepto de derechos. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
    Estarán exentas del pago de los precios públicos:
    • Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado de tal condición.
    • Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
      La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo anterior se solicitará en las correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.
      En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del solicitante, para lo que se podrá utilizar el modelo que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria.
      Ambos documentos, certificación y declaración, deberán acompañar a la solicitud.
    • Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
    • Las familias numerosas, que tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
  4. Fotocopia del justificante de la evaluación positiva de la labor docente y de investigación para Profesor Contratado Doctor emitido por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o la Agencia Andaluza del Conocimiento.
  5. Justificante de haber finalizado el Programa Ramón y Cajal y haber obtenido el Certificado I3.

La no aportación de lo establecido en este apartado en el plazo de presentación de solicitudes o en el de subsanación a que se refiere la base 4.2., determinará la exclusión automática del/de la solicitante en este procedimiento.

3.5. Los requisitos de participación de los/as aspirantes en el presente concurso deberán ostentarse a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

3.6. Serán motivos de exclusión, entre otros, la falta de firma de la solicitud por parte de el/la interesado/a, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas y presentar la solicitud fuera del plazo establecido.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

4. Lista de Admitidos

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad de Granada dictará Resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación de las causas de exclusión.

La citada resolución será publicada en el tablón de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador, sirviendo de notificación a los/as interesados/as. A partir de dicha fecha de publicación se contarán los plazos. Asimismo se publicará en la página web de la Universidad de Granada (serviciopdi.ugr.es).

4.2. Contra la anterior Resolución, los/as interesados/as dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para poder subsanar los defectos en que hayan podido incurrir. Dicha subsanación se realizará, presentando un escrito en cualquiera de los registros oficiales, acompañando la documentación correspondiente.

La Resolución que apruebe definitivamente las listas de admitidos/as pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, quienes estén legitimados/as para ello podrán formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada Resolución o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

5. Comisiones de Evaluación.

5.1. La composición de la Comisión de Evaluación se ajustará a lo dispuesto en el artículo 120 de los Estatutos de la Universidad de Granada, y se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador antes de la constitución de la misma.

5.2. Las Comisiones deberán constituirse en el plazo máximo de tres meses a contar desde la publicación de la lista definitiva de candidatos/as admitidos/as a concurso.

Para ello, el/la Presidente/a de la Comisión, realizadas las consultas pertinentes con los restantes miembros de la misma, dictará resolución de convocatoria en la que se indicará lugar, día y hora para la constitución, que les deberá ser notificada con una antelación mínima de diez días naturales.

5.3. La constitución de la Comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus miembros titulares o de los/as suplentes que les sustituyan. Quienes no concurran al citado acto decaerán en sus derechos.

Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesario, al menos, la presencia de tres de sus miembros.

5.4. En el mismo acto de constitución, la Comisión fijará y hará públicos en el tablón de anuncios del Departamento al que pertenezca la plaza los criterios para la valoración del concurso que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 de los Estatutos de la Universidad de Granada, respetarán los principios constitucionales de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

6. Desarrollo de las pruebas.

6.1. Acto de presentación.

6.1.1. Acto de presentación. El/la Presidente/a de la Comisión de Evaluación deberá convocar, con una antelación mínima de diez días naturales, a los/as concursantes definitivamente admitidos/as, señalando día, hora y lugar del acto de presentación.

6.1.2. En el acto de presentación los/as aspirantes harán entrega de la siguiente documentación:

  1. Curriculum, que incluirá certificación académica o fotocopia de la misma, en la que consten las calificaciones obtenidas en su carrera principal.
  2. Proyecto docente e investigador, por quintuplicado, que se adecuará al perfil de la plaza.
  3. Fotocopia de los justificantes documentales de los méritos alegados, acompañada de declaración responsable firmada por el/la interesado/a, en la que se haga constar que las fotocopias de los documentos aportados son fiel reflejo de los originales.
  4. Relación de toda la documentación que se entrega.

La Comisión no podrá tener en cuenta aquellos méritos que siendo alegados en el curriculum detallado no estén debidamente justificados.

6.1.3. Todos los méritos alegados por los/as concursantes deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes..

6.1.4. En el acto de presentación el/la Presidente/a de la Comisión de Evaluación indicará a los/as aspirantes el plazo de que disponen para examinar la documentación presentada por el resto de concursantes.

6.1.5. Igualmente, en dicho acto, se convocará a los/as aspirantes para la realización de las pruebas, señalando para ello el día, hora y lugar, según el orden de actuación de cada concursante, que se fijará en el sorteo público que a tal fin se celebre en este mismo acto.

6.1.6. El/la concursante que no concurra al acto de presentación decaerá en sus derechos a presentarse a las pruebas selectivas.

6.1.7. El/la Presidente/a de la Comisión de Evaluación velará para que las fechas de constitución de la Comisión y del acto de presentación se hagan públicas en el tablón de anuncios del Departamento al que corresponda la plaza, así como en el del Servicio de Personal Docente e Investigador y en la página Web de la Universidad de Granada.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

6.2. Celebración de las pruebas.

La prueba consistirá en la exposición pública por parte de los/as candidatos/as, durante un tiempo máximo de una hora y media, de su curriculum y del proyecto docente e investigador. El proyecto docente corresponderá con una asignatura de carácter básico u obligatorio de las adscritas al ámbito de conocimiento en el que se convoca la plaza perteneciente a titulaciones oficiales impartidas por la Universidad de Granada, previamente determinada en la convocatoria. Dicho proyecto debe contemplar, al menos, la guía docente de la asignatura (programa, propuesta de actividades y procedimiento de evaluación).

Finalizada la exposición, la Comisión debatirá con los/as candidatos/as los aspectos de su exposición que ésta estime convenientes, durante un tiempo máximo de dos horas.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

6.3. Calificación de las pruebas.

6.3.1. Se realizará de conformidad con lo acordado por el Consejo de Gobierno en la sesión ordinaria de 9 de octubre de 2006 y modificada para su adaptación a los nuevos Estatutos de la Universidad de Granada en sesión del Consejo de Gobierno de 27 de septiembre de 2011. Los criterios de aplicación de los mismos, serán fijados por la Comisión de Evaluación en la sesión constitutiva y publicados según lo dispuesto en la base 5.4.

6.3.2. Esta prueba se puntuará sobre un máximo de 10 puntos. Se requiere una puntuación mínima de 5 puntos para superarla. La calificación de esta prueba, siempre que se alcance el mínimo de 5 puntos, supondrá un 40% de la puntuación final del/la concursante.

6.3.3. En cuanto a la valoración del curriculum vitae, sobre la base de los criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado de la Universidad de Granada, aprobados en Consejo de Gobierno de 23 de julio de 2004 y modificados en Consejo de Gobierno en su sesión de 28 de julio de 2011, se aplicarán los siguientes porcentajes de valoración:

El conjunto de la valoración del currículum supondrá el 60% de la puntuación final.

6.3.4. La propuesta de la Comisión de Evaluación incluirá una valoración individualizada de cada candidato/a, motivada y con asignación de puntuación numérica.

6.3.5. El tiempo transcurrido entre la publicación de la lista definitiva de candidatos/as admitidos/as al concurso y la resolución de la Comisión de Evaluación no podrá exceder de cuatro meses. A efectos de cómputo de los plazos se excluirá el mes de agosto, durante el cual no tendrán lugar actuaciones de las comisiones.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

7. De la propuesta de nombramiento.

7.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 122 de los Estatutos de la Universidad de Granada, la propuesta de nombramiento corresponde efectuarla a la Comisión de Selección, constituida conforme se indica en de dichos Estatutos.

7.2. La Comisión de Selección propondrá el nombramiento en función de la propuesta de la Comisión de Evaluación. Cuando aprecie el incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos en la legislación vigente y en estos Estatutos o cuando detecte errores materiales o formales, la Comisión de Selección remitirá un informe razonado a la Comisión de Evaluación para que, en el plazo máximo de quince días realice, en su caso, una nueva propuesta. Si la segunda propuesta no subsanara las deficiencias detectadas, la Comisión de Selección podrá acordar la no provisión del puesto objeto del contrato y su inmediata nueva convocatoria.

7.3. La anterior resolución se hará pública en el tablón de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador, momento a partir del cual se contarán los plazos para la interposición de las posibles reclamaciones. Así mismo, la resolución se publicará en el tablón de anuncios del Departamento correspondiente y en la página Web de la Universidad (http://serviciopdi.ugr.es).

7.4. La comunicación del resultado del concurso a los/as aspirantes, seleccionados/as o no, se entenderá practicada mediante la publicación en el Servicio de Personal Docente e Investigador de la resolución anteriormente citada. A tal fin los/as aspirantes deberán actuar con la diligencia razonable para estar al corriente del desarrollo del concurso y de la publicación en el tablón de anuncios oficial del resultado del mismo. La fecha en que se produce la exposición pública del resultado se hará constar en el propio anuncio.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

8. Recurso de Alzada.

8.1. Contra el acuerdo de la Comisión de Selección formulando la propuesta de provisión de la plaza, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Tablón de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador, ante la Rectora de la Universidad de Granada que resolverá una vez recabada la información necesaria.

8.2. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la vía procedente.

8.3. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de provisión o formalización del contrato, salvo que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o, aprecie en la fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta de causa de nulidad de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con el/la aspirante propuesto/a, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso tanto en vía administrativa como jurisdiccional, llevará consigo la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

9. Formalización de los contratos.

9.1. Realizadas las propuestas, el Rectorado extenderá los correspondientes contratos previa presentación por parte del/de la candidato/a de la documentación que le sea requerida a tal efecto. Los/as interesados/as tendrán un plazo máximo para ello de cinco días hábiles a contar desde la publicación de la propuesta de provisión. En el caso de no presentarse el/la interesado/a en el referido plazo a la firma del contrato, se entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos de fuerza mayor, libremente apreciados por el Rectorado

9.2. En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación del/de la aspirante seleccionado/a, podrá formalizarse la incorporación con el/la siguiente más valorado/a, si la Comisión no hubiese acordado que este/a candidato/a no se ajusta al perfil docente de la plaza o cuando no se adecue a las exigencias académicas de la misma.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

10. Custodia de la documentación.

10.1. Una vez finalizado el concurso, la documentación de los/as solicitantes se encontrará en depósito en el Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador hasta su devolución a los/as interesados/as.

10.2. La documentación de los/as candidatos/as a plazas que no hayan sido objeto de recurso podrá ser retirada del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador por los/as interesados/as durante el plazo de tres meses a partir del segundo mes desde la publicación de la resolución definitiva del Rectorado. Transcurrido este periodo se procederá a la destrucción de las documentaciones que no hayan sido retiradas.

10.3. La documentación de los/as candidatos/as a las plazas que hayan sido objeto de recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución cuestionada. Ello sin perjuicio del derecho de los/as interesados/as a realizar copias de la misma a otros efectos.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

11. Disposición final.

11.1. El concurso y posterior contratación se regirá por las normas de la presente convocatoria, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril; Real Decreto 898/1995 de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores modificaciones, en todo lo que no se oponga a la anterior Ley; Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluzas de Universidades; I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y demás normas de carácter general que resulten de aplicación.

11.2. La convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de la misma y de las actuaciones de la Comisión de Evaluación, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Granada, 11 de septiembre de 2017
La Vicerrectora de Personal Docente e Investigador
Por delegación. Resolución 02-10-2015 (BOJA 08-10-2015)
María Pilar Carrasco Carrasco

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

Principio de esta página

En cumplimiento de los requisitos mínimos para la imagen corporativa

Enlace textual de copyright apuntando a la web principal de la Universidad de Granada: © 2018 Universidad de Granada . Correo electrónico para contactar con los responsables del contenido de este sitio web: Contacto . Enlace a la información sobre accesibilidad de este sitio: Accesibilidad . Enlace a la página sobre políticas de privacidad: Políticas de privacidad

Acerca de la conformidad con los estandares de esta página

En esta página se usan las especificaciones XHTML 1.0 y CSS 2 y se intenta que sea sintáctica y semánticamente válida para poder dar el correcto primer paso hacia las WCAG del W3C