Se encuentra en: Servicio de PDI » Profesorado contratado » Concursos públicos » Profesores Asociados de Ciencias de la Salud » Convocatoria curso 2018-2019 (Resolución 20-12-2018) » Resolución de 20-12-2018
Contenido de esta página:
Corrección: Esta convocatoria ha sido modificada por la Resolución de 15 de enero de 2019 por la que se corrigen errores, dicha Resolución ha sido publicada en el BOJA de 21-01-2019.
Se abre un NUEVO PLAZO de presentación de solicitudes de 7 días hábiles desde el 22-01-2019 hasta el 30-01-2019. En esta página se muestra la redacción ya corregida.
Conforme a las normas contenidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y las posteriores modificaciones del mismo; el 1er Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA de 9 de mayo de 2008; Real Decreto 1558/86 de 28 de junio (modificado por Real Decreto 1652/1991 de 11 de octubre), el Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 3 de octubre de 1995 y sus modificaciones por Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 23 de febrero de 1999, de 28 de noviembre de 2000 y de 4 de marzo de 2008, se convoca Concurso Público para la adjudicación de contratos de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud en el Campus de Granada que figuran en el anexo I de plazas de esta Resolución.
Código | Dedicación | Ámbito de Conocimiento |
Departamento | Perfil | N.º de plazas |
Campus |
---|---|---|---|---|---|---|
1/15/PCS/1819 | 3+3 horas semanales | ENFERMERÍA | ENFERMERÍA | ACTIVIDAD DOCENTE: Prácticas externas B en el Grado de Enfermería. CATEGORÍA ASISTENCIAL: Enfermero/a. ÁMBITO ASISTENCIAL: Distrito de atención primaria Granada metropolitana. Centro de Salud Cartuja o Almanjáyar. Atención primaria. ACTIVIDAD ASISTENCIAL: Propia de la especialidad. | 1 | GRANADA |
2/15/PCS/1819 | 3+3 horas semanales | ENFERMERÍA | ENFERMERÍA | ACTIVIDAD DOCENTE: Prácticas externas B en el Grado de Enfermería. CATEGORÍA ASISTENCIAL: Enfermero/a. ÁMBITO ASISTENCIAL: Distrito de atención primaria Granada metropolitana. Centros de Salud de Churriana, Ogíjares o Huétor Vega. Atención primaria. ACTIVIDAD ASISTENCIAL: Propia de la especialidad. | 1 | GRANADA |
3/15/PCS/1819 | 3+3 horas semanales | ENFERMERÍA | ENFERMERÍA | ACTIVIDAD DOCENTE: Prácticas externas A en el Grado de Enfermería. CATEGORÍA ASISTENCIAL: Enfermero/a. ÁMBITO ASISTENCIAL: Hospital Universitario San Cecilio. Traumatología y Rehabilitación. ACTIVIDAD ASISTENCIAL: Propia de la especialidad. | 1 | GRANADA |
4/15/PCS/1819 | 3+3 horas semanales | ENFERMERÍA | ENFERMERÍA | ACTIVIDAD DOCENTE: Prácticas externas C en el Grado de Enfermería. CATEGORÍA ASISTENCIAL: Enfermero/a. ÁMBITO ASISTENCIAL: Hospital Universitario Virgen de las Nieves. Pediatría. ACTIVIDAD ASISTENCIAL: Propia de la especialidad. | 1 | GRANADA |
5/15/PCS/1819 | 3+3 horas semanales | ENFERMERÍA | ENFERMERÍA | ACTIVIDAD DOCENTE: Prácticas externas C en el Grado de Enfermería. CATEGORÍA ASISTENCIAL: Enfermero/a. ÁMBITO ASISTENCIAL: Hospital Universitario San Cecilio. Médico-Quirúrgicas y Salud Mental. ACTIVIDAD ASISTENCIAL: Propia de la especialidad. | 1 | GRANADA |
2.1. Tipo de contrato: Laboral. Los Profesores Asociados de Ciencias de la Salud serán contratados, con carácter temporal y con dedicación a tiempo parcial según se establece en el Real Decreto 1558/86, de 28 de junio (BOE nº 182, de 31 de julio).
2.2. Duración: Los contratos tendrán una duración de un curso académico, prorrogable sólo en el caso de que se mantengan las necesidades docentes que determinaron la dotación de la plaza.
2.3. Edad: Haber cumplido 16 años y no superar la edad reglamentaria de jubilación.
2.4. Régimen de dedicación: Tiempo parcial 3 horas de docencia (teórica o prácticas no clínicas) semanales y un número igual de horas de tutorías y asistencia a los alumnos, que se desarrollarán dentro de la jornada laboral legalmente establecida para su actividad asistencial.
2.5. Titulación: Licenciado, Graduado Universitario, o Diplomado Universitario.
2.6. Requisitos específicos: Los concursantes deberán ser personal de plantilla, con plaza en propiedad o no, y prestar servicios asistenciales en el Centro, Unidad y Servicio en el que se oferte la plaza.
Los contratos que se adjudiquen estarán vinculados a la correspondiente Área de Conocimiento y Departamento de la Universidad de Granada, así como al Ámbito Asistencial correspondiente y al Servicio y/o Unidad Asistencial descritos en el Anexo de plazas.
2.7. Funciones: Las funciones a realizar por los contratados y su régimen jurídico, en general, será el contenido en el Real Decreto 1558/86 y en la legislación de aplicación al caso.
No podrán concurrir al presente concurso quienes hayan sido separados/as, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o se encuentren inhabilitados/as para el ejercicio de las funciones públicas o padezcan enfermedad física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
3.1. Quienes deseen tomar parte en el concurso formalizarán su solicitud a través del modelo de solicitud que será facilitado en la página web de la Universidad de Granada serviciopdi.ugr.es. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro Central de esta Universidad (Edificio Hospital Real), en sus Registros Auxiliares, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el Servicio de Correos antes de ser certificadas.
3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de siete días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
3.3. A la solicitud se deberá acompañar para cada una de las plazas a las que se aspire, los siguientes documentos, EN SOPORTE PAPEL:
Universidad de Granada. Pruebas selectivasc.c.c. ES05 20383505366400012738 la cantidad de 30 euros en concepto de derechos. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud
La no aportación de lo establecido en este apartado en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación a que se refiere la base 4.2, determinará la exclusión automática del/la solicitante en este procedimiento.
3.4. Los/as aspirantes deberán aportar obligatoriamente toda la documentación EN SOPORTE CD/DVD y POR DUPLICADO (2 CD/DVD). Los CD/DVD deben estar debidamente identificados con el nombre del o la aspirante y el código de la plaza. Cada mérito debe acreditarse en un único archivo PDF que contendrá uno o varios documentos; los nombres de los archivos no deben exceder 10 caracteres. Concretamente, los/as aspirantes deberán aportar en soporte CD/DVD la siguiente documentación:
Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido por la Comisión Evaluadora.
Los/as aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes y currículum vitae. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna solicitud de modificación salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión Evaluadora.
Todos los requisitos, méritos y circunstancias alegados por los/as concursantes deberán poseerse a la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.
3.5. La Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en la solicitud no estén debidamente justificados conforme a las Instrucciones para la acreditación de méritos del currículum vitae en los concursos de Profesor Asociado de Ciencias de la Salud de la Universidad de Granada .
3.6. Serán motivos de exclusión, entre otros, la falta de firma de la solicitud por parte del o la interesada, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas, presentar la solicitud fuera del plazo establecido y la no aportación de lo establecido en apartado 3.3 en el plazo de presentación de la solicitud.
Asimismo, será causa de exclusión el estar el/la interesado/a ocupando una plaza de igual categoría, área de conocimiento, perfil, dedicación y campus.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad de Granada dictará Resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación de las causas de exclusión.
La citada resolución será publicada en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador. A partir de dicha fecha de publicación se contarán los plazos.(http://serviciopdi.ugr.es).
4.2. Contra la anterior Resolución, los/as interesados/as dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para poder subsanar los defectos en que hayan podido incurrir. Dicha subsanación se realizará, independientemente de la vía utilizada para presentar la solicitud, presentando un escrito en cualquiera de los registros oficiales, acompañando al mismo la documentación correspondiente (EN SOPORTE PAPEL) a la base 3.3 de esta convocatoria.
Cuando algún/a interesado/a, habiendo presentado la solicitud dentro de plazo, no acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados especificados en el punto 3.4, dispondrá de ese mismo plazo (diez días hábiles desde la publicación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as) para la presentación de dichos documentos acreditativos en los registro oficiales. Dicha documentación se presentará obligatoriamente EN SOPORTE CD/DVD en los términos establecidos en la base 3.4 de esta convocatoria.
La Resolución de apruebe definitivamente las listas de admitidos/as pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, quienes estén legitimados/as para ello podrán formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada Resolución o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.
5.1. Las Comisiones encargadas de resolver estos concursos estarán constituidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 126 de los Estatutos de la Universidad de Granada, por los siguientes miembros:
La composición de cada Comisión de Evaluación será publicada en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada(http://serviciopdi.ugr.es).
5.2. La Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases.
5.3. La Comisión valorará a los/as aspirantes de acuerdo con los Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud en la Universidad de Granada, aprobados en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 18 de diciembre de 2018. La Comisión de Evaluación, una vez constituida y antes de acceder a los expedientes de los concursantes, hará públicos en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada el grado de afinidad de cada uno de los méritos con el área de conocimiento de la plaza.
La Comisión de Evaluación será competente para resolver las dudas que puedan surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo, contando con el asesoramiento técnico de los órganos de la Universidad de Granada competentes.
La Comisión podrá solicitar a los/as concursantes la aportación de documentación complementaria a la ya presentada.
5.4. La Comisión de Evaluación resolverá el concurso y hará la correspondiente propuesta de contratación a favor de o la concursante, o de los/as concursantes (según sea una o más las plazas convocadas), mejor valorados/as. En todo caso, se hará público en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada el resultado del mismo, especificando las puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los apartados considerados en el baremo. La propuesta será elevada al Rectorado de la Universidad de Granada.
5.5. Todos los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la/s plaza/s, cuando a juicio de la Comisión de Evaluación los currículum de los aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente o asistencial de la plaza.
5.6. La comunicación del resultado del concurso a los/as aspirantes, seleccionados o no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta de provisión efectuada por la Comisión de Evaluación en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A tal fin los/as aspirantes deberán actuar con la diligencia razonable para estar al corriente del desarrollo del concurso y de la publicación en la cita página web del resultado del mismo, cuya fecha de publicación se hará constar en el mismo anuncio.
5.7. La lista de valoración de los concursantes efectuada por la Comisión de Evaluación podrá ser usada por riguroso orden de puntuación para el caso de que fuese necesario realizar una contratación para sustituir a un Profesor Asociado de Ciencias de la Salud, siempre que el perfil de la plaza se ajuste a las necesidades docentes sobrevenidas. Dichas listas estarán activas durante el curso académico en el que se convocan las plazas, y durante el siguiente curso académico completo, hasta el 30 de septiembre.
6.1. Contra el acuerdo de la Comisión de Evaluación formulando la propuesta de provisión de la plaza, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en la página web del Servicio de Personal de Personal Docente e Investigador, ante el Rectorado de la Universidad de Granada que resolverá una vez recabada la información necesaria.
6.2. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la vía procedente.
6.3. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de provisión o formalización del contrato, salvo que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o, aprecie en la fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta de causa de nulidad de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con el aspirante propuesto, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso tanto en vía administrativa como jurisdiccional, llevará consigo la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.
7.1. Realizadas las propuestas, el Rectorado extenderá los correspondientes contratos previa presentación por parte del o la candidata de la documentación que le sea requerida a tal efecto. Los/as interesados/as tendrán un plazo máximo para ello de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. En el caso de no presentarse el o la interesada en el referido plazo a la firma del contrato, se entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos de fuerza mayor, libremente apreciados por el Rectorado.
7.2. La celebración o subsistencia del contrato se condiciona a la autorización de la compatibilidad con la actividad que venga desempeñando o con aquellas otras públicas o privadas que pueda desempeñar durante la vigencia del contrato.
7.3. En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación del o la aspirante seleccionado, podrá formalizarse la incorporación con el siguiente más valorado, si la Comisión de Evaluación no hubiese acordado que este/a candidato/a no se ajusta al perfil docente de la plaza o cuando no se adecue a las exigencias académicas de la misma.
8.1 La documentación de los/as candidatos/as a plazas que no hayan sido objeto de recurso podrá ser retirada del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador por los y las interesadas transcurridos dos meses desde la publicación de la propuesta de provisión en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A partir de ese momento dispondrán de un mes para retirar su documentación; transcurrido dicho plazo sin haber solicitado dicha documentación se procederá a su destrucción.
8.2 La documentación de los/as candidatos/as a las plazas que hayan sido objeto de recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución recurrida. Estos/as pueden consultar si la plaza ha sido o no objeto de recurso a través de un correo electrónico dirigido a vicepdi@ugr.es.
9.1. El concurso y posterior contratación se regirá por las normas de la presente convocatoria, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Real Decreto 898/1985 de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores modificaciones del mismo, en todo lo que no se oponga a la anterior Ley; Estatutos de la UGR, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el 1.er Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA de 9 de mayo de 2008; los Criterios generales de valoración de méritos para la contratación de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud en la Universidad de Granada, aprobados en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 18 de diciembre de 2018 y demás normas de carácter general que resulten de aplicación.
9.2. La convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de la misma y de las actuaciones de la Comisión de Evaluación, podrán ser impugnados por los y las interesadas en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE. nº 236, de 2 de octubre de 2015).
Enlace textual de copyright apuntando a la web principal de la Universidad de Granada: © 2018 Universidad de Granada . Correo electrónico para contactar con los responsables del contenido de este sitio web: Contacto . Enlace a la información sobre accesibilidad de este sitio: Accesibilidad . Enlace a la página sobre políticas de privacidad: Políticas de privacidad
En esta página se usan las especificaciones XHTML 1.0 y CSS 2 y se intenta que sea sintáctica y semánticamente válida para poder dar el correcto primer paso hacia las WCAG del W3C