Ir al contenido

Mapa Web

Universidad de Granada

Servicio de PDI

Universidad de Granada

Se encuentra en: Servicio de PDI » Profesorado contratado » Concursos públicos » Profesores Ayudantes Doctores » Convocatoria curso 2019-2020 (Resolución 21-10-2019) » Resolución de 21-10-2019

Resolución de 21-10-2019, de la Universidad de Granada, por la que se convoca Concurso Público para la adjudicación de contratos de Profesores Ayudantes Doctores para el curso 2019-2020 en el campus de Granada, para atender necesidades docentes urgentes e inaplazables.

Conforme a las normas contenidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y las posteriores modificaciones del mismo; el 1er Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA de 9 de mayo de 2008; y una vez obtenida la Orden de 12 de julio de 2019, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, por la que se autoriza la contratación temporal de profesorado universitario en la Universidad de Granada, concurriendo necesidades urgentes e inaplazables para el curso 2019/2020, se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores Ayudantes Doctores por necesidades docentes urgentes e inaplazables en los ámbitos de conocimiento que se indican en el anexo correspondiente de esta convocatoria.

1. Plazas

Código Dedicación Ámbito de
Conocimiento
Departamento Perfil N.º de
plazas
Campus
1/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO ANÁLISIS GEOGRÁFICO REGIONAL ANÁLISIS GEOGRÁFICO REGIONAL Y GEOGRAFÍA FÍSICA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 2 GRANADA
2/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO ANÁLISIS MATEMÁTICO ANÁLISIS MATEMÁTICO DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
3/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO BIOLOGÍA CELULAR BIOLOGÍA CELULAR DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
4/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO BIOQUÍMICA Y BIOLOGÍA MOLECULAR III BIOQUÍMICA Y BIOLOGÍA MOLECULAR III E INMUNOLOGÍA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 2 GRANADA
5/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO BOTÁNICA BOTÁNICA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 2 GRANADA
6/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 3 GRANADA
7/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO COMERCIALIZACIÓN E INVESTIGACIÓN DE MERCADOS COMERCIALIZACIÓN E INVESTIGACIÓN DE MERCADOS DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 3 GRANADA
8/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO COMPOSICIÓN ARQUITECTÓNICA CONSTRUCCIONES ARQUITECTÓNICAS DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
9/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO CONSTRUCCIONES ARQUITECTÓNICAS CONSTRUCCIONES ARQUITECTÓNICAS DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
10/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO DERECHO CONSTITUCIONAL DERECHO CONSTITUCIONAL DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
11/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO DIBUJO DIBUJO DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 4 GRANADA
12/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA INGLESA 2 GRANADA
13/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA FRANCESA 1 GRANADA
14/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO DIDÁCTICA DE LA MATEMÁTICA DIDÁCTICA DE LA MATEMÁTICA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 5 GRANADA
15/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO ECONOMÍA APLICADA ECONOMÍA APLICADA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 3 GRANADA
16/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO ECONOMÍA INTERNACIONAL Y DE ESPAÑA ECONOMÍA INTERNACIONAL Y DE ESPAÑA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 2 GRANADA
17/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO ENFERMERÍA ENFERMERÍA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 3 GRANADA
18/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO ESTADÍSTICA E INVESTIGACIÓN OPERATIVA ESTADÍSTICA E INVESTIGACIÓN OPERATIVA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 7 GRANADA
19/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO ESTÉTICA Y TEORÍA DE LAS ARTES FILOSOFÍA I DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
20/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO FILOLOGÍA ALEMANA FILOLOGÍAS INGLESA Y ALEMANA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
21/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO FILOLOGÍA FRANCESA FILOLOGÍA FRANCESA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 3 GRANADA
22/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO FILOSOFÍA FILOSOFÍA II DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
23/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO FILOSOFÍA DEL DERECHO FILOSOFÍA DEL DERECHO DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
24/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO FISIOLOGÍA FISIOLOGÍA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 2 GRANADA
25/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO GEOGRAFÍA FÍSICA ANÁLISIS GEOGRÁFICO REGIONAL Y GEOGRAFÍA FÍSICA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
26/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO GEOGRAFÍA HUMANA GEOGRAFÍA HUMANA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
27/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO HISTORIA DEL ARTE HISTORIA DEL ARTE DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 2 GRANADA
28/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO HISTORIA E INSTITUCIONES ECONÓMICAS TEORÍA E HISTORIA ECONÓMICA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 2 GRANADA
29/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO HISTORIA Y CIENCIAS DE LA MÚSICA HISTORIA Y CIENCIAS DE LA MÚSICA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 2 GRANADA
30/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO INGENIERÍA TELEMÁTICA TEORÍA DE LA SEÑAL, TELEMÁTICA Y COMUNICACIONES DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
31/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO LENGUA ESPAÑOLA LENGUA ESPAÑOLA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 3 GRANADA
32/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO LINGÜÍSTICA GENERAL LINGÜÍSTICA GENERAL Y TEORÍA DE LA LITERATURA LENGUA JAPONESA 1 GRANADA
33/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN Y DIAGNÓSTICO EN EDUCACIÓN MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN Y DIAGNÓSTICO EN EDUCACIÓN DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
34/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO NUTRICIÓN Y BROMATOLOGÍA NUTRICIÓN Y BROMATOLOGÍA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
35/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO ÓPTICA ÓPTICA OPTOMETRÍA Y CONTACTOLOGÍA 1 GRANADA
36/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO PSICOLOGÍA SOCIAL PSICOLOGÍA SOCIAL DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 2 GRANADA
37/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO SOCIOLOGÍA SOCIOLOGÍA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 5 GRANADA
38/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO TEORÍA DE LA LITERATURA Y LITERATURA COMPARADA LINGÜÍSTICA GENERAL Y TEORÍA DE LA LITERATURA DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 2 GRANADA
39/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA 1 GRANADA
40/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN ÁRABE 1 GRANADA
41/18/PAD/1920 TIEMPO COMPLETO TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN INGLÉS INVERSA 2 GRANADA

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

2. Características y requisitos

2.1. Tipo de contrato: Laboral

2.2. Duración: Cinco años. La duración del contrato será de 5 años, detrayéndose de dicho plazo, los periodos de contratación que los interesados hayan estado contratados en cualquier Universidad Pública en dicha figura de Profesor Ayudante Doctor. El tiempo total de duración conjunta de Profesor Ayudante y Profesor Ayudante Doctor, no podrá exceder de ocho años. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento durante el periodo de duración del contrato, interrumpirán su cómputo (Art. 50. d) LOU)

2.3. Edad: Haber cumplido 16 años y no superar la edad reglamentaria de jubilación.

2.4. Régimen de dedicación: Tiempo completo

2.5. Horario: En jornada de mañana y tarde (a determinar por el Departamento).

2.6. Titulación: Estar en posesión del Título de Doctor.

2.7. Acreditación: Poseer evaluación positiva de la actividad docente y de investigación, para Profesor Ayudante Doctor, por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o bien de la Agencia Andaluza del Conocimiento.

2.8. Retribuciones: Serán las establecidas para esta figura contractual en el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universides Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA número 92 de 9 de mayo de 2008.

No podrán concurrir al presente concurso quienes hayan sido separados/as, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o se encuentren inhabilitados/as para el ejercicio de las funciones públicas o padezcan enfermedad física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Profesores Ayudantes, Profesores Asociados y Profesores Ayudantes Doctores) de la Universidad de Granada, aprobados en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018., quienes no posean la nacionalidad de un país cuya lengua oficial sea el español deberán acreditar, mediante certificado oficial, un nivel C1 de idioma español o, en su defecto, estar en posesión de un grado, licenciatura o titulación afín de Filología en Lengua Española. En caso contrario, la comisión de evaluación solicitará la realización de una prueba lingüística al Vicerrectorado de la Universidad de Granada competente en la materia; la no superación de dicha prueba supondrá la exclusión del concurso.

Cuando un idioma extranjero sea consustancial con la plaza convocada se deberá también acreditar mediante certificado oficial un nivel C1 de la correspondiente lengua extranjera. La no acreditación de dicho nivel supondrá la exclusión del concurso. Quedarán exentos de acreditar el citado nivel C1 aquellas personas cuya lengua materna coincida con el idioma extranjero de la plaza convocada, así como quienes estén en posesión de un grado, licenciatura o titulación afín de Filología en la correspondiente lengua moderna extranjera, así como en Traducción (solo aplicable a lengua B).

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

3. Solicitudes y documentación

3.1. Quienes deseen tomar parte en el concurso formalizarán su solicitud a través del modelo de solicitud que será facilitado en la página web de la Universidad de Granada serviciopdi.ugr.es. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro Central de esta Universidad (Edificio Hospital Real), en sus Registros Auxiliares, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el Servicio de Correos antes de ser certificadas.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de siete días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

3.3. A la solicitud se deberá acompañar para cada una de las plazas a las que se aspire, los siguientes documentos, EN SOPORTE PAPEL:

  1. Fotocopia del justificante de evaluación positiva de la actividad docente y de investigación, para Profesor Ayudante Doctor, por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o bien de la Agencia Andaluza del Conocimiento.
  2. Fotocopia del DNI o pasaporte.
  3. Justificante de haber abonado en Bankia en la cuenta abierta a nombre de Universidad de Granada. Pruebas selectivas c.c.c. ES05 20383505366400012738 la cantidad de 30 euros en concepto de derechos. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud
    Estarán exentas del pago de los precios públicos:
    • Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado de tal condición.
    • Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
      La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo anterior se solicitará en las correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.
      En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del solicitante, para lo que se podrá utilizar el modelo que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria.
      Ambos documentos, certificación y declaración, deberán acompañar a la solicitud.
    • Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
    • Las familias numerosas, que tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
  4. Declaración responsable firmada por el/la aspirante en la que se indique que las fotocopias y copias digitales de los justificantes documentales de los méritos alegados son fiel reflejo de los originales.

La no aportación de lo establecido en este apartado en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación a que se refiere la base 4.2, determinará la exclusión automática del/la solicitante en este procedimiento.

3.4. Los/as aspirantes deberán aportar obligatoriamente toda la documentación EN SOPORTE CD/DVD y POR DUPLICADO (2 CD/DVD). Los CD/DVD deben estar debidamente identificados con el nombre del o la aspirante y el código de la plaza. Cada mérito debe acreditarse en un único archivo PDF que contendrá uno o varios documentos; los nombres de los archivos no deben exceder 10 caracteres. Concretamente, los/as aspirantes deberán aportar en soporte CD/DVD la siguiente documentación:

  1. El Modelo de curriculum vitae debidamente cumplimentado en formato Word. (AL FINAL DEL DOCUMENTO SE ENCUENTRAN LAS INSTRUCCIONES PARA ADJUNTAR LOS DOCUMENTOS EN PDF)
  2. Justificación documental en PDF de cada uno de los méritos alegados en el curriculum vitae, que deberán ser justificados de acuerdo con las Instrucciones para la acreditación de méritos del currículum vitae en los concursos de profesorado contratado no permanente de la Universidad de Granada ; la no acreditación de un mérito conforme a dichas instrucciones supondrá la no baremación del mérito. Todos los archivos acreditativos de méritos deben enlazarse al apartado correspondiente del Modelo normalizado de curriculum vitae.

Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido por la Comisión Evaluadora.

Los/as aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes y currículum vitae. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna solicitud de modificación salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión Evaluadora.

Todos los requisitos, méritos y circunstancias alegados por los/as concursantes deberán poseerse a la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.

3.5. La Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en la solicitud no estén debidamente justificados conforme a las Instrucciones para la acreditación de méritos del currículum vitae en los concursos de profesorado contratado no permanente de la Universidad de Granada .

3.6. Serán motivos de exclusión, entre otros, la falta de firma de la solicitud por parte del o la interesada, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas, presentar la solicitud fuera del plazo establecido y la no aportación de lo establecido en apartado 3.3 en el plazo de presentación de la solicitud.

Asimismo, será causa de exclusión el estar el/la interesado/a ocupando una plaza de igual categoría, área de conocimiento, perfil, dedicación y campus.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

4. Lista de admitidos

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad de Granada dictará Resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación de las causas de exclusión.

La citada resolución será publicada en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador. A partir de dicha fecha de publicación se contarán los plazos.(http://serviciopdi.ugr.es).

4.2. Contra la anterior Resolución, los/as interesados/as dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para poder subsanar los defectos en que hayan podido incurrir. Dicha subsanación se realizará, independientemente de la vía utilizada para presentar la solicitud, presentando un escrito en cualquiera de los registros oficiales, acompañando al mismo la documentación correspondiente (EN SOPORTE PAPEL) a la base 3.3 de esta convocatoria.

Cuando algún/a interesado/a, habiendo presentado la solicitud dentro de plazo, no acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados especificados en el punto 3.4, dispondrá de ese mismo plazo (diez días hábiles desde la publicación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as) para la presentación de dichos documentos acreditativos en los registro oficiales. Dicha documentación se presentará obligatoriamente EN SOPORTE CD/DVD en los términos establecidos en la base 3.4 de esta convocatoria.

La Resolución de apruebe definitivamente las listas de admitidos/as pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, quienes estén legitimados/as para ello podrán formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada Resolución o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

5. Resolución del concurso

5.1. Las Comisiones encargadas de resolver estos concursos estarán constituidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 126 de los Estatutos de la Universidad de Granada, por los siguientes miembros:

La composición de cada Comisión de Evaluación será publicada en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada(http://serviciopdi.ugr.es).

5.2. La Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases.

5.3. La Comisión valorará a los/as aspirantes de acuerdo con los Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Profesores Ayudantes, Profesores Asociados y Profesores Ayudantes Doctores) de la Universidad de Granada, aprobados en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018. La Comisión de Evaluación, una vez constituida y antes de acceder a los expedientes de los concursantes, hará públicos en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada el grado de afinidad de cada uno de los méritos con el área de conocimiento de la plaza, en aplicación de la Disposición Transitoria Única del Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Ayudantes, Asociados y Ayudantes Doctores) de la Universidad de Granada.

La Comisión de Evaluación será competente para resolver las dudas que puedan surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo, contando con el asesoramiento técnico de los órganos de la Universidad de Granada competentes.

La Comisión podrá solicitar a los/as concursantes la aportación de documentación complementaria a la ya presentada.

5.4. La Comisión de Evaluación resolverá el concurso y hará la correspondiente propuesta de contratación a favor de o la concursante, o de los/as concursantes (según sea una o más las plazas convocadas), mejor valorados/as. En todo caso, se hará público en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada el resultado del mismo, especificando las puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los apartados considerados en el baremo. La propuesta será elevada al Rectorado de la Universidad de Granada.

5.5. Todos los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la/s plaza/s, cuando a juicio de la Comisión de Evaluación los currículum de los aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente de la plaza.

5.6. La comunicación del resultado del concurso a los/as aspirantes, seleccionados o no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta de provisión efectuada por la Comisión de Evaluación en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A tal fin los/as aspirantes deberán actuar con la diligencia razonable para estar al corriente del desarrollo del concurso y de la publicación en la cita página web del resultado del mismo, cuya fecha de publicación se hará constar en el mismo anuncio.

5.7. La lista de aspirantes de un concurso Profesor/a Ayudante Doctor/a, ordenados de mayor a menor puntuación, podrá ser utilizada en caso necesario para realizar una contratación de Profesor/a Sustituto/a Interino/a, en los términos establecidos en los puntos 3.2 y 3.3 de la Normativa para la contratación de Profesorado Sustituto Interino en la Universidad de Granada, aprobada en Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018, y siempre que el perfil de la plaza se ajuste a las necesidades docentes sobrevenidas.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

6. Recurso de alzada

6.1. Contra el acuerdo de la Comisión de Evaluación formulando la propuesta de provisión de la plaza, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en la página web del Servicio de Personal de Personal Docente e Investigador, ante el Rectorado de la Universidad de Granada que resolverá una vez recabada la información necesaria.

6.2. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la vía procedente.

6.3. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de provisión o formalización del contrato, salvo que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o, aprecie en la fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta de causa de nulidad de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con el aspirante propuesto, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso tanto en vía administrativa como jurisdiccional, llevará consigo la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

7. Formalización de los contratos

7.1. Realizadas las propuestas, el Rectorado extenderá los correspondientes contratos previa presentación por parte del o la candidata de la documentación que le sea requerida a tal efecto. Los/as interesados/as tendrán un plazo máximo para ello de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. En el caso de no presentarse el o la interesada en el referido plazo a la firma del contrato, se entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos de fuerza mayor, libremente apreciados por el Rectorado.

7.2. En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación del o la aspirante seleccionado, podrá formalizarse la incorporación con el siguiente más valorado, si la Comisión de Evaluación no hubiese acordado que este/a candidato/a no se ajusta al perfil docente de la plaza o cuando no se adecue a las exigencias académicas de la misma.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

8. Custodia de documentación

8.1 La documentación de los/as candidatos/as a plazas que no hayan sido objeto de recurso podrá ser retirada del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador por los y las interesadas transcurridos dos meses desde la publicación de la propuesta de provisión en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A partir de ese momento dispondrán de un mes para retirar su documentación; transcurrido dicho plazo sin haber solicitado dicha documentación se procederá a su destrucción.

8.2 La documentación de los/as candidatos/as a las plazas que hayan sido objeto de recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución recurrida. Estos/as pueden consultar si la plaza ha sido o no objeto de recurso a través de un correo electrónico dirigido a vicepdi@ugr.es.

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

9. Disposición final

9.1. El concurso y posterior contratación se regirá por las normas de la presente convocatoria, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Real Decreto 898/1985 de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores modificaciones del mismo, en todo lo que no se oponga a la anterior Ley; Estatutos de la UGR, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el 1.er Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA de 9 de mayo de 2008; el Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Ayudantes, Asociados y Ayudantes Doctores) de la Universidad de Granada, aprobados en Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018 y demás normas de carácter general que resulten de aplicación.

9.2. La convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de la misma y de las actuaciones de la Comisión de Evaluación, podrán ser impugnados por los y las interesadas en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE. nº 236, de 2 de octubre de 2015).

Ir al principio de esta página | Ir al final de esta página

Principio de esta página

En cumplimiento de los requisitos mínimos para la imagen corporativa

Enlace textual de copyright apuntando a la web principal de la Universidad de Granada: © 2018 Universidad de Granada . Correo electrónico para contactar con los responsables del contenido de este sitio web: Contacto . Enlace a la información sobre accesibilidad de este sitio: Accesibilidad . Enlace a la página sobre políticas de privacidad: Políticas de privacidad

Acerca de la conformidad con los estandares de esta página

En esta página se usan las especificaciones XHTML 1.0 y CSS 2 y se intenta que sea sintáctica y semánticamente válida para poder dar el correcto primer paso hacia las WCAG del W3C