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Se encuentra en: Servicio de Personal Docente e Investigador » Información relativa al Profesorado contratado » Concursos públicos » Correcciones » Resolución que corrige resolución en convocatoria de plazas de profesor ayudante doctor.

Resolución del Rectorado de la Universidad de Granada de 27 de septiembre de 2021, por la que se modifica la Resolución de 22 de septiembre de 2021, por la que se aprueba las relación definitiva de admitidos y excluidos al concurso convocado por resolución de 15/07/2021 (BOME de 20/07/2021), para cubrir la plaza de Profesor Ayudante Doctor, en el Área de conocimiento de Educación Física y Deportiva con código 5/2M/PAD/2122.

Con fecha 27 del presente mes de septiembre de 2021, se ha recibido en el Registro General Central de esta Universidad, escrito de D. Francisco Tomás González Fernández, interponiendo recurso de reposición contra la Resolución del Vicerrectorado de PDI de fecha 22 del presente mes, por la que se hacía pública la lista definitiva de admitidos y excluidos para cubrir la plaza de Profesor Ayudante Doctor en el ámbito de conocimiento de Educación Física y Deportiva, en el Campus de Melilla, con código 5/2M/PAD/2122.

El interesado, en síntesis, manifiesta en apoyo de sus pretensiones que ya presentó como documentos acreditativos para participar en el concurso el resguardo de la transferencia efectuada en concepto de derechos, así como Fotocopia del justificante de la evaluación positiva de la labor docente y de investigación para Profesor Ayudante Doctor emitido por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad.

Vista la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU) (BOE nº 307, de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE nº 89, de 13 de abril), Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPA) (BOE nº 236, de 2 de octubre), Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/ 2011, de 12 de julio (EUGR), (BOJA nº 147, de 28 de julio), Resolución de 21 de abril de 2008, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordenaba la inscripción depósito y publicación del Primer Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA nº 92, de 9 de mayo), la Resolución de 15 de julio de 2021, por la que se convocaba concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores Ayudantes Doctores para el curso 2021/2022 en el Campus de Melilla, para atender necesidades docentes urgentes e inaplazables, así como demás normativa de general aplicación y en base a los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero: El recurso ha sido interpuesto en tiempo y forma por persona legitimada al amparo de lo dispuesto en los artículos 4, 5, 123 y 124 de la LPA, por lo que procede entrar a conocer del fondo del asunto por parte de este Rectorado como órgano competente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84 de los EUGR.

Segundo: El recurrente, apareció excluido en la Resolución de 22 de septiembre por la causa nº 3, es decir, "por no haber abonado los derechos correspondientes" y por la causa nº 10, es decir "Por no adjuntar certificación de Evaluación Positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o la Agencia Andaluza del Conocimiento (AAC)".

Respecto al justificante de haber abonado los derechos correspondientes se comprueba fehacientemente que este documento sí estaba presentado junto con su solicitud.

El Sr. González Fernández, no presentó, junto con la solicitud de participación certificación de Evaluación Positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o la Agencia Andaluza del Conocimiento (AAC), el cual no le habría excluido, tanto de la lista provisional como de la lista definitiva.

Tercero: El recurrente, al amparo de lo dispuesto en la Base 4.2, interpone en tiempo y forma el correspondiente recurso de reposición frente a la Resolución del Vicerrectorado de PDI, en la que aparecía como excluido por las causas que se describe en el fundamento anterior.

Dado que del contenido del recurso se desprende la afirmación del interesado que la certificación de Evaluación Positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) sí estaba incorporada en tiempo y forma junto con los documentos incorporados a su currículum, según se establece en la Base 3.4, sin embargo, no aparecía junto con los documentos necesarios para ser admitido tal y como se indica en la Base 3.3.

Revisado el expediente administrativo junto con la documentación aportada y efectuadas las averiguaciones correspondientes en el contenido del currículum presentado por el recurrente, consta fehacientemente que la certificación de Evaluación Positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA)sí se encontraba incluida en el apartado del currículum antes citado.

En consecuencia y por cuanto antecede, este Rectorado HA RESUELTO:

  1. Estimar el Recurso de Reposición interpuesto por D. Francisco Tomás González Fernández, contra la Resolución del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador, de fecha 22 de septiembre de 2021, por la que se hacía pública la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos al concurso convocado por Resolución de 15 de julio de 2021, para la adjudicación de contratos de Profesores Ayudantes Doctores durante el próximo curso 2021/2022, en el Campus de Melilla, a la plaza referenciada con el código 5/2M/PAD/2122.
  2. Que por el Vicerrectorado de PDI, se lleven a cabo las actuaciones necesarias a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en la presente resolución, modificando las listas definitivas de admitidos y excluidos, debiendo aparecer el recurrente como admitido y con derecho a ser evaluado por la Comisión correspondiente al concurso convocado para la adjudicación de la plaza convocada.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, significándole que, contra la presente resolución que agota la vía administrativa, al amparo de lo dispuesto en el art. 84 de los EUGR, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución, según disponen los artículos 8.3, 13 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. núm. 167, de 14-7-98).

Granada, 27 de septiembre de 2021
LA RECTORA

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