Se encuentra en: Servicio de PDI » Profesorado contratado » Concursos públicos » Profesores Ayudantes Doctores » Convocatoria curso 2019-2020 (Resolución 21-10-2019) » Resolución de 21-10-2019
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Conforme a las normas contenidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y las posteriores modificaciones del mismo; el 1er Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA de 9 de mayo de 2008; y una vez obtenida la Orden de 12 de julio de 2019, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, por la que se autoriza la contratación temporal de profesorado universitario en la Universidad de Granada, concurriendo necesidades urgentes e inaplazables para el curso 2019/2020, se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores Ayudantes Doctores por necesidades docentes urgentes e inaplazables en los ámbitos de conocimiento que se indican en el anexo correspondiente de esta convocatoria.
Código | Dedicación | Ámbito de Conocimiento |
Departamento | Perfil | N.º de plazas |
Campus |
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1/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | ANÁLISIS GEOGRÁFICO REGIONAL | ANÁLISIS GEOGRÁFICO REGIONAL Y GEOGRAFÍA FÍSICA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 2 | GRANADA |
2/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | ANÁLISIS MATEMÁTICO | ANÁLISIS MATEMÁTICO | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
3/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | BIOLOGÍA CELULAR | BIOLOGÍA CELULAR | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
4/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | BIOQUÍMICA Y BIOLOGÍA MOLECULAR III | BIOQUÍMICA Y BIOLOGÍA MOLECULAR III E INMUNOLOGÍA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 2 | GRANADA |
5/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | BOTÁNICA | BOTÁNICA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 2 | GRANADA |
6/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL | CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 3 | GRANADA |
7/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | COMERCIALIZACIÓN E INVESTIGACIÓN DE MERCADOS | COMERCIALIZACIÓN E INVESTIGACIÓN DE MERCADOS | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 3 | GRANADA |
8/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | COMPOSICIÓN ARQUITECTÓNICA | CONSTRUCCIONES ARQUITECTÓNICAS | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
9/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | CONSTRUCCIONES ARQUITECTÓNICAS | CONSTRUCCIONES ARQUITECTÓNICAS | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
10/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | DERECHO CONSTITUCIONAL | DERECHO CONSTITUCIONAL | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
11/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | DIBUJO | DIBUJO | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 4 | GRANADA |
12/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA | DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA | DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA INGLESA | 2 | GRANADA |
13/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA | DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA | DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA FRANCESA | 1 | GRANADA |
14/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | DIDÁCTICA DE LA MATEMÁTICA | DIDÁCTICA DE LA MATEMÁTICA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 5 | GRANADA |
15/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | ECONOMÍA APLICADA | ECONOMÍA APLICADA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 3 | GRANADA |
16/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | ECONOMÍA INTERNACIONAL Y DE ESPAÑA | ECONOMÍA INTERNACIONAL Y DE ESPAÑA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 2 | GRANADA |
17/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | ENFERMERÍA | ENFERMERÍA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 3 | GRANADA |
18/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | ESTADÍSTICA E INVESTIGACIÓN OPERATIVA | ESTADÍSTICA E INVESTIGACIÓN OPERATIVA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 7 | GRANADA |
19/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | ESTÉTICA Y TEORÍA DE LAS ARTES | FILOSOFÍA I | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
20/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | FILOLOGÍA ALEMANA | FILOLOGÍAS INGLESA Y ALEMANA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
21/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | FILOLOGÍA FRANCESA | FILOLOGÍA FRANCESA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 3 | GRANADA |
22/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | FILOSOFÍA | FILOSOFÍA II | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
23/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | FILOSOFÍA DEL DERECHO | FILOSOFÍA DEL DERECHO | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
24/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | FISIOLOGÍA | FISIOLOGÍA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 2 | GRANADA |
25/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | GEOGRAFÍA FÍSICA | ANÁLISIS GEOGRÁFICO REGIONAL Y GEOGRAFÍA FÍSICA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
26/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | GEOGRAFÍA HUMANA | GEOGRAFÍA HUMANA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
27/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | HISTORIA DEL ARTE | HISTORIA DEL ARTE | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 2 | GRANADA |
28/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | HISTORIA E INSTITUCIONES ECONÓMICAS | TEORÍA E HISTORIA ECONÓMICA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 2 | GRANADA |
29/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | HISTORIA Y CIENCIAS DE LA MÚSICA | HISTORIA Y CIENCIAS DE LA MÚSICA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 2 | GRANADA |
30/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | INGENIERÍA TELEMÁTICA | TEORÍA DE LA SEÑAL, TELEMÁTICA Y COMUNICACIONES | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
31/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | LENGUA ESPAÑOLA | LENGUA ESPAÑOLA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 3 | GRANADA |
32/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | LINGÜÍSTICA GENERAL | LINGÜÍSTICA GENERAL Y TEORÍA DE LA LITERATURA | LENGUA JAPONESA | 1 | GRANADA |
33/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN Y DIAGNÓSTICO EN EDUCACIÓN | MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN Y DIAGNÓSTICO EN EDUCACIÓN | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
34/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | NUTRICIÓN Y BROMATOLOGÍA | NUTRICIÓN Y BROMATOLOGÍA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
35/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | ÓPTICA | ÓPTICA | OPTOMETRÍA Y CONTACTOLOGÍA | 1 | GRANADA |
36/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | PSICOLOGÍA SOCIAL | PSICOLOGÍA SOCIAL | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 2 | GRANADA |
37/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | SOCIOLOGÍA | SOCIOLOGÍA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 5 | GRANADA |
38/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | TEORÍA DE LA LITERATURA Y LITERATURA COMPARADA | LINGÜÍSTICA GENERAL Y TEORÍA DE LA LITERATURA | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 2 | GRANADA |
39/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES | TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES | DOCENCIA PROPIA DEL ÁREA | 1 | GRANADA |
40/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN | TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN | TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN ÁRABE | 1 | GRANADA |
41/18/PAD/1920 | TIEMPO COMPLETO | TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN | TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN | TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN INGLÉS INVERSA | 2 | GRANADA |
2.1. Tipo de contrato: Laboral
2.2. Duración: Cinco años. La duración del contrato será de 5 años, detrayéndose de dicho plazo, los periodos de contratación que los interesados hayan estado contratados en cualquier Universidad Pública en dicha figura de Profesor Ayudante Doctor. El tiempo total de duración conjunta de Profesor Ayudante y Profesor Ayudante Doctor, no podrá exceder de ocho años. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento durante el periodo de duración del contrato, interrumpirán su cómputo (Art. 50. d) LOU)
2.3. Edad: Haber cumplido 16 años y no superar la edad reglamentaria de jubilación.
2.4. Régimen de dedicación: Tiempo completo
2.5. Horario: En jornada de mañana y tarde (a determinar por el Departamento).
2.6. Titulación: Estar en posesión del Título de Doctor.
2.7. Acreditación: Poseer evaluación positiva de la actividad docente y de investigación, para Profesor Ayudante Doctor, por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o bien de la Agencia Andaluza del Conocimiento.
2.8. Retribuciones: Serán las establecidas para esta figura contractual en el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universides Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA número 92 de 9 de mayo de 2008.
No podrán concurrir al presente concurso quienes hayan sido separados/as, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o se encuentren inhabilitados/as para el ejercicio de las funciones públicas o padezcan enfermedad física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
De conformidad con lo establecido en el Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Profesores Ayudantes, Profesores Asociados y Profesores Ayudantes Doctores) de la Universidad de Granada, aprobados en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018., quienes no posean la nacionalidad de un país cuya lengua oficial sea el español deberán acreditar, mediante certificado oficial, un nivel C1 de idioma español o, en su defecto, estar en posesión de un grado, licenciatura o titulación afín de Filología en Lengua Española. En caso contrario, la comisión de evaluación solicitará la realización de una prueba lingüística al Vicerrectorado de la Universidad de Granada competente en la materia; la no superación de dicha prueba supondrá la exclusión del concurso.
Cuando un idioma extranjero sea consustancial con la plaza convocada se deberá también acreditar mediante certificado oficial un nivel C1 de la correspondiente lengua extranjera. La no acreditación de dicho nivel supondrá la exclusión del concurso. Quedarán exentos de acreditar el citado nivel C1 aquellas personas cuya lengua materna coincida con el idioma extranjero de la plaza convocada, así como quienes estén en posesión de un grado, licenciatura o titulación afín de Filología en la correspondiente lengua moderna extranjera, así como en Traducción (solo aplicable a lengua B).
3.1. Quienes deseen tomar parte en el concurso formalizarán su solicitud a través del modelo de solicitud que será facilitado en la página web de la Universidad de Granada serviciopdi.ugr.es. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro Central de esta Universidad (Edificio Hospital Real), en sus Registros Auxiliares, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el Servicio de Correos antes de ser certificadas.
3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de siete días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
3.3. A la solicitud se deberá acompañar para cada una de las plazas a las que se aspire, los siguientes documentos, EN SOPORTE PAPEL:
Universidad de Granada. Pruebas selectivasc.c.c. ES05 20383505366400012738 la cantidad de 30 euros en concepto de derechos. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud
La no aportación de lo establecido en este apartado en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación a que se refiere la base 4.2, determinará la exclusión automática del/la solicitante en este procedimiento.
3.4. Los/as aspirantes deberán aportar obligatoriamente toda la documentación EN SOPORTE CD/DVD y POR DUPLICADO (2 CD/DVD). Los CD/DVD deben estar debidamente identificados con el nombre del o la aspirante y el código de la plaza. Cada mérito debe acreditarse en un único archivo PDF que contendrá uno o varios documentos; los nombres de los archivos no deben exceder 10 caracteres. Concretamente, los/as aspirantes deberán aportar en soporte CD/DVD la siguiente documentación:
Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido por la Comisión Evaluadora.
Los/as aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes y currículum vitae. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna solicitud de modificación salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión Evaluadora.
Todos los requisitos, méritos y circunstancias alegados por los/as concursantes deberán poseerse a la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.
3.5. La Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en la solicitud no estén debidamente justificados conforme a las Instrucciones para la acreditación de méritos del currículum vitae en los concursos de profesorado contratado no permanente de la Universidad de Granada .
3.6. Serán motivos de exclusión, entre otros, la falta de firma de la solicitud por parte del o la interesada, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas, presentar la solicitud fuera del plazo establecido y la no aportación de lo establecido en apartado 3.3 en el plazo de presentación de la solicitud.
Asimismo, será causa de exclusión el estar el/la interesado/a ocupando una plaza de igual categoría, área de conocimiento, perfil, dedicación y campus.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad de Granada dictará Resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación de las causas de exclusión.
La citada resolución será publicada en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador. A partir de dicha fecha de publicación se contarán los plazos.(http://serviciopdi.ugr.es).
4.2. Contra la anterior Resolución, los/as interesados/as dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para poder subsanar los defectos en que hayan podido incurrir. Dicha subsanación se realizará, independientemente de la vía utilizada para presentar la solicitud, presentando un escrito en cualquiera de los registros oficiales, acompañando al mismo la documentación correspondiente (EN SOPORTE PAPEL) a la base 3.3 de esta convocatoria.
Cuando algún/a interesado/a, habiendo presentado la solicitud dentro de plazo, no acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados especificados en el punto 3.4, dispondrá de ese mismo plazo (diez días hábiles desde la publicación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as) para la presentación de dichos documentos acreditativos en los registro oficiales. Dicha documentación se presentará obligatoriamente EN SOPORTE CD/DVD en los términos establecidos en la base 3.4 de esta convocatoria.
La Resolución de apruebe definitivamente las listas de admitidos/as pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, quienes estén legitimados/as para ello podrán formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada Resolución o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.
5.1. Las Comisiones encargadas de resolver estos concursos estarán constituidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 126 de los Estatutos de la Universidad de Granada, por los siguientes miembros:
La composición de cada Comisión de Evaluación será publicada en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada(http://serviciopdi.ugr.es).
5.2. La Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases.
5.3. La Comisión valorará a los/as aspirantes de acuerdo con los Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Profesores Ayudantes, Profesores Asociados y Profesores Ayudantes Doctores) de la Universidad de Granada, aprobados en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018. La Comisión de Evaluación, una vez constituida y antes de acceder a los expedientes de los concursantes, hará públicos en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada el grado de afinidad de cada uno de los méritos con el área de conocimiento de la plaza, en aplicación de la Disposición Transitoria Única del Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Ayudantes, Asociados y Ayudantes Doctores) de la Universidad de Granada.
La Comisión de Evaluación será competente para resolver las dudas que puedan surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo, contando con el asesoramiento técnico de los órganos de la Universidad de Granada competentes.
La Comisión podrá solicitar a los/as concursantes la aportación de documentación complementaria a la ya presentada.
5.4. La Comisión de Evaluación resolverá el concurso y hará la correspondiente propuesta de contratación a favor de o la concursante, o de los/as concursantes (según sea una o más las plazas convocadas), mejor valorados/as. En todo caso, se hará público en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada el resultado del mismo, especificando las puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los apartados considerados en el baremo. La propuesta será elevada al Rectorado de la Universidad de Granada.
5.5. Todos los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la/s plaza/s, cuando a juicio de la Comisión de Evaluación los currículum de los aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente de la plaza.
5.6. La comunicación del resultado del concurso a los/as aspirantes, seleccionados o no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta de provisión efectuada por la Comisión de Evaluación en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A tal fin los/as aspirantes deberán actuar con la diligencia razonable para estar al corriente del desarrollo del concurso y de la publicación en la cita página web del resultado del mismo, cuya fecha de publicación se hará constar en el mismo anuncio.
5.7. La lista de aspirantes de un concurso Profesor/a Ayudante Doctor/a, ordenados de mayor a menor puntuación, podrá ser utilizada en caso necesario para realizar una contratación de Profesor/a Sustituto/a Interino/a, en los términos establecidos en los puntos 3.2 y 3.3 de la Normativa para la contratación de Profesorado Sustituto Interino en la Universidad de Granada, aprobada en Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018, y siempre que el perfil de la plaza se ajuste a las necesidades docentes sobrevenidas.
6.1. Contra el acuerdo de la Comisión de Evaluación formulando la propuesta de provisión de la plaza, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en la página web del Servicio de Personal de Personal Docente e Investigador, ante el Rectorado de la Universidad de Granada que resolverá una vez recabada la información necesaria.
6.2. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la vía procedente.
6.3. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de provisión o formalización del contrato, salvo que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o, aprecie en la fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta de causa de nulidad de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con el aspirante propuesto, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso tanto en vía administrativa como jurisdiccional, llevará consigo la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.
7.1. Realizadas las propuestas, el Rectorado extenderá los correspondientes contratos previa presentación por parte del o la candidata de la documentación que le sea requerida a tal efecto. Los/as interesados/as tendrán un plazo máximo para ello de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. En el caso de no presentarse el o la interesada en el referido plazo a la firma del contrato, se entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos de fuerza mayor, libremente apreciados por el Rectorado.
7.2. En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación del o la aspirante seleccionado, podrá formalizarse la incorporación con el siguiente más valorado, si la Comisión de Evaluación no hubiese acordado que este/a candidato/a no se ajusta al perfil docente de la plaza o cuando no se adecue a las exigencias académicas de la misma.
8.1 La documentación de los/as candidatos/as a plazas que no hayan sido objeto de recurso podrá ser retirada del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador por los y las interesadas transcurridos dos meses desde la publicación de la propuesta de provisión en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A partir de ese momento dispondrán de un mes para retirar su documentación; transcurrido dicho plazo sin haber solicitado dicha documentación se procederá a su destrucción.
8.2 La documentación de los/as candidatos/as a las plazas que hayan sido objeto de recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución recurrida. Estos/as pueden consultar si la plaza ha sido o no objeto de recurso a través de un correo electrónico dirigido a vicepdi@ugr.es.
9.1. El concurso y posterior contratación se regirá por las normas de la presente convocatoria, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Real Decreto 898/1985 de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores modificaciones del mismo, en todo lo que no se oponga a la anterior Ley; Estatutos de la UGR, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el 1.er Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA de 9 de mayo de 2008; el Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Ayudantes, Asociados y Ayudantes Doctores) de la Universidad de Granada, aprobados en Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018 y demás normas de carácter general que resulten de aplicación.
9.2. La convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de la misma y de las actuaciones de la Comisión de Evaluación, podrán ser impugnados por los y las interesadas en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE. nº 236, de 2 de octubre de 2015).
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