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Se encuentra en: Servicio de PDI » Profesorado contratado » Concursos públicos » Profesores Ayudantes Doctores » Convocatoria curso 2008-2009 (Resolución 25-06-2008) » Resolución de 25-06-2008

Resolución de 25-06-2008, de la Universidad de Granada, por la que se convoca Concurso Público para la adjudicación de contratos de Profesores Ayudantes Doctores para el curso 2008-2009.

Aviso: Esta Resolución ha sido modificada por la Resolución de 9 de julio de 2008 de la Universidad de Granada por la que se modifica la de 25 de junio que convoca concurso público para la contratación de profesorado, anulando la plaza 18/02/PAD/89.

Conforme a las normas contenidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 325/2003, de 25 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades y Real decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores modificaciones del mismo, se convoca Concurso Público para la adjudicación de contratos de Profesores Ayudantes Doctores.

1. Plazas

Código Dedicación Área de
Conocimiento
Departamento Perfil N.º de
plazas
Campus
1/2/PAD/89 Tiempo Completo Análisis Matemático Análisis Matemático Docencia Propia del Área 1 Granada
2/2/PAD/89 Tiempo Completo Anatomía y Embriología Humana Anatomía y Embriología Humana Docencia Propia del Área 1 Granada
3/2/PAD/89 Tiempo Completo Construcciones Arquitectónicas Construcciones Arquitectónicas Docencia Propia del Área 2 Granada
4/2/PAD/89 Tiempo Completo Derecho Administrativo Derecho Administrativo Docencia Propia del Área 2 Granada
5/2/PAD/89 Tiempo Completo Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales Docencia Propia del Área 1 Granada
6/2/PAD/89 Tiempo Completo Didáctica de la Lengua y la Literatura Didáctica de la Lengua y la Literatura Didáctica de la Lengua y la Literatura: Español 2 Granada
7/2/PAD/89 Tiempo Completo Didáctica de la Lengua y la Literatura Didáctica de la Lengua y la Literatura Idioma Extranjero: Francés 1 Granada
8/2/PAD/89 Tiempo Completo Didáctica de la Lengua y la Literatura Didáctica de la Lengua y la Literatura Didáctica de la Lengua y la Literatura: Español. Campus de Melilla 2 Melilla
9/2/PAD/89 Tiempo Completo Didáctica de la Lengua y la Literatura Didáctica de la Lengua y la Literatura Didáctica de la Lengua y la Literatura: Inglés. Campus de Melilla 1 Melilla
10/2/PAD/89 Tiempo Completo Didáctica y Organización Escolar Didáctica y Organización Escolar Desarrollo Profesional del Docente 1 Granada
11/2/PAD/89 Tiempo Completo Didáctica y Organización Escolar Didáctica y Organización Escolar Organización del Centro Escolar. Campus de Melilla 1 Melilla
12/2/PAD/89 Tiempo Completo Didáctica y Organización Escolar Didáctica y Organización Escolar Docencia Propia del Área. Campus de Melilla 1 Melilla
13/2/PAD/89 Tiempo Completo Didáctica y Organización Escolar Didáctica y Organización Escolar Educación Especial. Campus de Ceuta 1 Ceuta
14/2/PAD/89 Tiempo Completo Didáctica de la Expresión Corporal Didáctica de la Expresión Musical Plástica y Corporal Docencia Propia del Área. Campus de Melilla 1 Melilla
15/2/PAD/89 Tiempo Completo Didáctica de la Expresión Musical Didáctica de la Expresión Musical Plástica y Corporal Docencia Propia del Área. Campus de Melilla 1 Melilla
16/2/PAD/89 Tiempo Completo Educación Física y Deportiva Educación Física y Deportiva Docencia Propia del Área 1 Granada
17/2/PAD/89 Tiempo Completo Educación Física y Deportiva Educación Física y Deportiva Docencia Propia del Área. Campus de Ceuta 1 Ceuta
19/2/PAD/89 Tiempo Completo Ingeniería Telemática Teoría de la Señal, Telemática y Comunicaciones Docencia En Ingeniería de Telecomunicación: Redes, Sistemas y Servicios de Comunicaciones 2 Granada
20/2/PAD/89 Tiempo Completo Ingeniería Química Ingeniería Química Docencia Propia del Área 2 Granada
21/2/PAD/89 Tiempo Completo Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras Mecánica de Estructuras e Ingeniería Hidráulica Docencia Propia del Área 1 Granada
22/2/PAD/89 Tiempo Completo Métodos Cuantitativos Para la Economía y la Empresa Métodos Cuantitativos Para la Economía y la Empresa Econometría 2 Granada
23/2/PAD/89 Tiempo Completo Música Historia del Arte y Música Docencia Propia del Área 1 Granada
24/2/PAD/89 Tiempo Completo Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos Docencia Propia del Área. Campus de Melilla 1 Melilla
25/2/PAD/89 Tiempo Completo Teoría de la Señal y Comunicaciones Teoría de la Señal, Telemática y Comunicaciones Docencia En Ingeniería de Telecomunicaciones: Señalesy Sistemas de Transmisión 1 Granada
26/2/PAD/89 Tiempo Completo Teoría e Historia de la Educación Pedagogía Docencia Propia del Área 1 Granada
27/2/PAD/89 Tiempo Completo Urbanística y Ordenación del Territorio Expresión Gráfica Arquitectónica y en la Ingeniería Docencia Propia del Área en la Escuela de Arquitectura Superior 1 Granada

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2. Características y requisitos

2.1. Tipo de contrato: Laboral

2.2. Duración: Cinco años

2.3. Edad: Haber cumplido 18 años y no superar la edad reglamentaria de jubilación.

2.4. Régimen de dedicación: Tiempo completo

2.5. Horario: En jornada de mañana y tarde (a determinar por el Departamento).

2.6. Titulación: Estar en posesión del Título de Doctor.

2.7. Acreditación: Poseer evaluación positiva de la actividad docente y de investigación, para Profesor Ayudante Doctor, por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o bien de la Agencia Andaluza de Evaluación.

2.8. Retribuciones: Serán las establecidas para esta figura contractual en el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universides Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA número 92 de 9 de mayo de 2008.

No podrán concurrir al presente concurso quienes hayan sido separados, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o se encuentren inhabilitados para el ejercicio de las funciones públicas o padezcan enfermedad física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada en cada caso.

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3. Solicitudes y documentación

3.1. Los interesados en tomar parte en el concurso formalizarán su solicitud a través del modelo de instancia-curriculum que será facilitada gratuitamente en el Servicio de Personal Docente e Investigador de esta Universidad (Calle Santa Lucía, nº 8) y en la página web de la Universidad de Granada (serviciopdi.ugr.es).

3.2. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de esta Universidad (Edificio Hospital Real) o en la Secretaría de los Centros de la Universidad en las ciudades de Ceuta y Melilla o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el Servicio de Correos antes de ser certificadas.

3.3. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de doce días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el BOJA.

3.4. A la Instancia-curriculum se deberá acompañar para cada una de las plazas a las que se aspire, los siguientes documentos:

a) La titulación principal requerida se acreditará mediante la fotocopia compulsada del título correspondiente o, en su defecto, del justificante de haber abonado los derechos para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones extranjeras deberá acreditarse la correspondiente homologación o reconocimiento por el órgano competente.

b) Fotocopia del DNI o pasaporte.

c) Justificante de haber abonado en la Caja General de Ahorros de Granada en la cuenta abierta a nombre de "Universidad de Granada. Pruebas selectivas" c.c.c. 2031.0000.01.0101745629 la cantidad de 30 euros en concepto de derechos. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

d) Justificante de evaluación positiva de la labor docente y de investigación, para Profesor Ayudante Doctor, por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o bien de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

La no aportación de lo establecido en este apartado en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación a que se refiere la base 4.2 determinará la exclusión automática del solicitante en este procedimiento.

3.5. Igualmente, los aspirantes deberán presentar, junto a la documentación anterior y dentro del plazo de presentación de instancias, la siguiente documentación:

a) Certificación académica, o fotocopia compulsada de la misma, en la que consten las calificaciones obtenidas en su carrera universitaria principal.

b) Justificación documental de cada uno de los méritos alegados en el curriculum, que deberán ser aportadas íntegramente para su examen por la Comisión de Evaluación.

Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido por la Comisión de Evaluación.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna solicitud de modificación salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión de Evaluación.

Todos los méritos y circunstancias alegados por los concursantes deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.6. La Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en la solicitud no estén debidamente justificados.

3.7. Serán motivos de exclusión, entre otros, la falta de firma de la Instancia-curriculum por parte del interesado, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas y presentar la solicitud fuera del plazo establecido.

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4. Lista de admitidos

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad de Granada dictará Resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

La citada resolución será publicada en el tablón de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador, sirviendo de notificación a los interesados. A partir de dicha fecha de publicación se contarán los plazos. Asimismo se publicará en la página web de la Universidad de Granada (serviciopdi.ugr.es).

4.2. Contra la anterior Resolución, los interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para poder subsanar los defectos en que hayan podido incurrir.

Cuando algún interesado, habiendo presentado la solicitud dentro de plazo, no acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados, dispondrá de ese mismo plazo (10 días hábiles desde la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos) para la presentación de dichos documentos acreditativos.

La Resolución que apruebe definitivamente las listas de admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, quienes estén legitimados para ello podrán formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada Resolución o potestatívamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.

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5. Resolución del concurso

5.1 Las Comisiones encargadas de resolver estos concursos estarán constituidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 120 de los Estatutos de la Universidad de Granada, por los siguientes miembros:

5.2 La Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases.

5.3 La Comisión valorará a los aspirantes de acuerdo con los Criterios generales a efectos de valoración de méritos para la contratación de profesorado no permanente de la Universidad de Granada aprobados por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada en sesión de 23 de julio de 2004.

La Comisión será competente para resolver las dudas que puedan surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo.

5.4 La Comisión resolverá el concurso y hará la correspondiente propuesta de contratación a favor del concursante o de los concursantes (según sea una o más las plazas convocadas) mejor valorados. En todo caso, hará público en el Tablón de Anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad el resultado del mismo, especificando las puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los apartados que se hubieran considerado en el baremo. La propuesta será elevada al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Granada.

5.5 Todos los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la plaza/s, cuando a juicio de la Comisión los curricula de los aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente de la plaza o cuando no se adecue mínimamente a las exigencias académicas de la misma.

5.6 La comunicación del resultado del concurso a los aspirantes, seleccionados o no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta efectuada por la Comisión de Evaluación en el Tablón de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A tal fin los aspirantes deberán actuar con la diligencia razonable para estar al corriente del desarrollo del concurso y de la publicación en el tablón de anuncios oficial, cuya fecha de plasmación se hará constar en el mismo anuncio.

5.7 La lista de valoración de los concursantes efectuada por la Comisión de Evaluación podrá ser usada por riguroso orden de puntuación para el caso de que fuese necesario realizar una contratación para sustituir a un profesor o atender necesidades docentes urgentes sólo durante el curso académico 2008-2009.

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6. Recurso de alzada

6.1 Contra el acuerdo de la Comisión de Evaluación formulando la propuesta de provisión de la plaza, los interesados podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Tablón de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador, ante el Rector de la Universidad de Granada que resolverá una vez recabada la información necesaria.

6.2 Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la vía procedente.

6.3 La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de provisión o formalización del contrato, salvo que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o, aprecie en la fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta de causa de nulidad de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con el aspirante propuesto, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso tanto en vía administrativa como jurisdiccional, llevará consigo la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.

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7. Formalización de los contratos

7.1 Realizadas las propuestas, el Rector extenderá los correspondientes contratos previa presentación por parte del candidato de la documentación que le sea requerida a tal efecto. Los interesados tendrán un plazo máximo para ello de 5 días hábiles a contar desde la publicación de la propuesta de provisión. En el caso de no presentarse el interesado en el referido plazo a la firma del contrato, se entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos de fuerza mayor, libremente apreciados por el Rectorado.

7.2 La celebración o subsistencia del contrato se condiciona a la autorización de la compatibilidad con la actividad que venga desempeñando o con aquellas otras públicas o privadas que pueda desempeñar durante la vigencia del contrato.

7.3 En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación del aspirante seleccionado, podrá formalizarse la incorporación con el siguiente más valorado, si la Comisión no hubiese acordado que este candidato no se ajusta al perfil docente de la plaza o cuando no se adecue a las exigencias académicas de la misma.

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8. Custodia de documentación

Una vez finalizado el concurso, la documentación de los solicitantes se encontrará en depósito en el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado hasta su devolución a los interesados.

8.1 La documentación de los candidatos a plazas que no hayan sido objeto de recurso podrá ser retirada del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado por los interesados durante el plazo de dos meses a partir del segundo mes desde la publicación de la resolución definitiva del Rectorado. Transcurrido este periodo se procederá a la destrucción de las documentaciones que no hayan sido retiradas.

8.2 La documentación de los candidatos a las plazas que hayan sido objeto de recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución cuestionada. Ello sin perjuicio del derecho de los interesados a realizar copias de la misma a otros efectos.

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9. Disposición final

9.1 El concurso y posterior contratación se regirá por las normas de la presente convocatoria, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Real Decreto 898/1985 de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores modificaciones del mismo, en todo lo que no se oponga a la anterior Ley; Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 325/2003, de 25 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades y demás normas de carácter general que resulten de aplicación.

9.2 La convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de la misma y de las actuaciones de la Comisión de Evaluación, podrán ser impugnados por los interesados en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

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Anexo: Criterios generales a efectos de valoración de méritos para la contratación de Profesorado no permanente de la Universidad de Granada

Aprobados en Consejo de Gobierno de 23 de julio de 2004.

El artículo 41.3 de la Ley 115/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, así como el artículo 119 de los Estatutos de la Universidad de Granada establecen que corresponde al Consejo de Gobierno aprobar los criterios generales para la valoración de los méritos y la capacidad docente e investigadora de los candidatos que opten a plazas de personal docente e investigador contratado en los concursos públicos convocados por la Universidad de Granada.

Las comisiones que hayan de constituirse para resolver concursos de provisión de plazas de profesorado contratado no permanente estarán constituidas de acuerdo con el artículo 121 de los citados Estatutos y se ajustarán para el desarrollo y concreción de los baremos a las siguientes normas generales:

1. La valoración de los méritos alegados se realizará en función de la afinidad con el área de conocimiento de la plaza aplicando los siguientes coeficientes:

La comisión deberá motivar la afinidad en la aplicación de cada uno de los apartados del baremo.

2. Las valoraciones referidas a duración y/o dedicación de un mérito se realizarán proporcionalmente al periodo que comprenden y al grado de dedicación.

3. Ningún mérito podrá ser valorado en más de un apartado.

4. En el caso de que algún concursante sobrepase la máxima puntuación establecida en un apartado se establecerá un criterio de proporcionalidad entre las puntuaciones de todos los concursantes.

5. La Comisión de Evaluación podrá excluir, y por tanto, no valorar, a aquellos candidatos cuyos currícula, de modo general, no se ajusten al área de conocimiento y al perfil de la plaza. En tales casos se justificarán los motivos de la exclusión.

Los méritos y capacidades que se han de valorar se dividen en cinco bloques principales: formación académica, actividad docente, actividad investigadora, actividad profesional y otros méritos. En la puntuación final en cada uno de estos bloques se aplicará una ponderación en función del tipo de plaza de que se trate, de acuerdo con los valores, expresados en porcentajes, que se presentan en la tabla siguiente:

Categoría Formación
académica
Actividad
docente
Actividad
investigadora
Actividad
profesional
Otros
méritos
Profesor Ayudante Doctor20%30%40%5%5%
Ayudante50%15%25%5%5%
Profesor Asociado20%15%15%45%5%

Las Comisiones podrán incluir, de forma justificada, aspectos no contemplados en dicha relación en función de las características y especificidad de cada área de conocimiento. La relación de aspectos a valorar en cada bloque por las comisiones de evaluación se presenta a continuación.

I. Formación académica (hasta 20 puntos)

a) Titulación principal. Expediente académico (estudios de 1º y 2º ciclos) (hasta 8 puntos).

b) Estudios de 3º ciclo (hasta 3 puntos)

c) Grado de Doctor (hasta 5 puntos)

d) Cursos universitarios de postgrado (hasta 2 puntos)

e) Otras titulaciones (hasta 2 puntos)

II. Actividad docente (hasta 20 puntos, si bien la suma de puntuaciones de los apartados c), d) y e) no podrá superar 5 puntos).

a) Docencia en titulaciones oficiales universitarias (doctorado, licenciatura y diplomatura) (hasta 4 puntos por año de dedicación a tiempo completo).

b) Docencia universitaria no reglada

c) Docencia no universitaria

d) Actividades de formación e innovación docente y material docente universitario

e) Otros méritos docentes

III. Actividad investigadora (hasta 30 puntos)

a) Publicaciones científicas: libros, capítulos de libros y publicaciones en revistas periódicas. Se otorgará una valoración superior a los artículos publicados en revistas incluidas en bases de datos de reconocimiento internacional y a los libros publicados en editoriales de prestigio.

b) Ponencias y comunicaciones presentadas en congresos y reuniones científicas Se valorará según el carácter del congreso (internacional, nacional o local).

c) Becas de investigación y estancias en otras universidades y centros de investigación.

d) Participación en proyectos de investigación obtenidos en convocatorias públicas

e) Participación en contratos de investigación

f) Dirección de tesis doctorales, tesinas y otros trabajos de investigación

g) Patentes

h) Exposiciones, estrenos y trabajos de creación artística

i) Otros méritos de investigación y/o creación artística

IV. Actividad profesional en relación con la plaza (hasta 20 puntos).

a) Experiencia profesional y categoría en el puesto de trabajo

b) Estudios, proyectos, informes y patentes

V. Otros méritos (hasta 5 puntos)

La existencia de especificaciones indicadas en relación con la plaza (perfil) no supondrá, en ningún caso, para quién obtenga la plaza, un derecho de vinculación exclusiva a esa actividad docente, ni limitará la competencia de la Universidad para asignarle otras obligaciones docentes y/o investigadoras, de acuerdo con las funciones que la Ley Orgánica de Universidades establece para cada modalidad de contratación.

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